En el nivel inicial, primario y secundario es común que al alumnado con discapacidad se les imponga o recomiende permanecer en el mismo grado o año por más de un ciclo lectivo, impidiendo su continuidad con su grupo de pertenencia. Sin embargo, estas recomendaciones están basadas en criterios normalizantes, que suponen que todos/as deben aprender lo mismo, de la misma manera y al mismo ritmo y que ponen atención en el supuesto “déficit” de la persona y no en su potencial.
Respecto del nivel inicial, la Resolución 174/12 del Consejo Federal de Educación, prohíbe la permanencia o repitencia de los niños y niñas con y sin discapacidad en el nivel inicial. En esa línea, la Resolución 311/16 dispone que los/as estudiantes con discapacidad ingresan al Nivel Primario a los 6 años de edad, al igual que el resto.
Si bien no hay normativa expresa que las prohíba en los niveles primario y secundario, las permanencias son contrarias al artículo 24 de la CDPD. Los fundamentos que sostienen la repitencia desconocen que la educación inclusiva implica brindar respuestas educativas personalizadas y encontrar formas alternativas de medir los progresos individuales. El solo hecho de repetir los años no garantiza la adquisición de habilidades o conocimientos, sino que son las estrategias pedagógicas y didácticas las únicas que garantizan los avances. A su vez, el cambio permanente del grupo repercute negativamente sobre la socialización del alumnado con discapacidad y debilita su sentido de pertenencia.
La escuela debe revisar periódicamente sus estrategias de enseñanza y garantizar el avance de los/as estudiantes con discapacidad a través de los diferentes años y niveles a fin de que puedan completar la enseñanza obligatoria. La evaluación de sus logros deberá realizarse en relación a objetivos generales y no a la luz de criterios normalizantes que comparen sus competencias con las adquiridas por el resto del alumnado.
Ante la imposición de una permanencia, podés presentar un reclamo ante la escuela o ante el Ministerio de Educación de tu provincia. Estas opciones no son excluyentes: podés intentar primero reclamando ante la escuela y luego ante el Ministerio, directamente ante el Ministerio o ambas simultáneamente.
Si a pesar de presentar una nota ante la escuela o el Ministerio de Educación solicitando que no se imponga la permanencia por motivos de discapacidad, no se garantiza la continuidad del/de la estudiante en el año siguiente, podés interponer una acción de amparo en sede judicial. Para ello, es importante exigir a la escuela que exprese por escrito la razón por la cual impone la permanencia y debés contar con un/a abogado/a. En caso de urgencia, podés incluir en el amparo una solicitud de medida cautelar requiriendo al Poder Judicial que garantice la continuidad del/de la estudiante con el resto de sus compañeros/as. Aunque la acción judicial se puede intentar sin necesidad de hacer los reclamos previos, recomendamos recurrir primero a la escuela o al Ministerio de tu provincia para evitar judicializaciones innecesarias y darle a la escuela la posibilidad de revertir su conducta.
También podés denunciar este hecho en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).